El año pasado se presentó ante el Congreso de Argentina un nuevo Proyecto de Ley de Protección de Datos Personales (PPDP) encaminado a reemplazar y modernizar el actual régimen normativo en la materia, esto es la Ley de Protección de Datos Personales No. 25.326 (LPDP)

Antecedentes

Desde el 2003, Argentina fue considerado por la Unión Europea como un país con un adecuado nivel de tratamiento de datos personales, lo cual le permitió por muchos años tratar datos personales de ciudadanos europeos. Sin embargo, desde la entrada en vigencia del Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea, o RGPD, esta clasificación del país ha entrado en revisión. De allí los esfuerzos realizados en los últimos 3 años para actualizar su Marco General en materia de Privacidad.

Un primer intento de reforma se adelantó en el 2018, cuando se le envió al Congreso un Proyecto de Ley que introducía varios conceptos incluidos en el RGPD, sin embargo, este no fue aprobado. Luego, en marzo del 2020 se intentó presentar otro Proyecto de Ley (0070-D-2020) pero tampoco tuvo éxito en el Congreso.

Nuevo Proyecto de Ley de Protección de Datos en Argentina Blog Vanegas Morales Consultores ColombiaEl Proyecto de Ley Actual

En diciembre del 2020 se hizo un tercer intento, que busca hacer la actualización, siendo sus cambios más relevantes los siguientes:

  • Incluir nuevas definiciones y conceptos que fueron introducidos por el RGPD, tales como los de “datos genéticos”, “datos biométricos”, “incidente de seguridad” y “transferencia internacional”.
  • Limitar el ámbito de aplicación de la ley en el sentido en que los Titulares de los datos podrán ser únicamente personas naturales, y que éstas no podrán elegir la aplicación de un marco normativo diferente al argentino para la protección de sus datos personales, cuando éste sea más favorable.
  • Incorporar formalmente en Principio de Responsabilidad Proactiva o Accountability
  • Ampliar la lista de derechos de los Titulares, para incluir el derecho de oposición al tratamiento de sus datos y el derecho a la portabilidad de los datos, entre otros. 
  • Introducir como obligación de los Responsables del Tratamiento el deber de informar a las Autoridades y a los Titulares de cualquier Incidente de Seguridad que se presente. 
  • Introduce la figura del Delegado de Protección de Datos Personales
  • Incrementa el monto de las sanciones que se le podrán imponer a los Responsables o Encargados que incumplan con la normativa.

Actualmente, este Proyecto de Ley se encuentra en debate en la Cámara de Diputados del Congreso de la Nación, pero hasta el momento no ha tenido avances significativos.

Fuente: https://www.marval.com/publicacion/nuevo-proyecto-de-ley-para-reemplazar-la-actual-ley-de-proteccion-de-datos-personales-13873